En la intersección de Azucena Villaflor
y Avenida de los Italianos, se está construyendo un edificio
torre de alrededor de 47 pisos denominado El Faro, constituyendo
sólo el principio de ejecución de un proyecto que
alcanzaría un total de 12 de igual o mayor envergadura,
destinados todos a viviendas privadas. El director de la obra
es el Arq. Berardo Dujovne, decano de la Facultad de Arquitectura
y de estrecha relación con la gestión García
Espil desde la época de De la Rúa.
Si bien esta obra cuenta con la autorización
del secretario de Planeamiento Urbano, Enrique Garcia Espil, se
ha incumplido el procedimiento impuesto por el artículo
9º de la ley 123, al
menos en lo atinente al inciso 5 (realización de audiencia
pública) y 7 (obtención
de certificado de aptitud ambiental), de la compulsa de los
hechos y la constatación de las violaciones mencionadas,
se inste respecto del o los funcionarios intervinientes, la pertinente
denuncia por incumplimiento de los deberes de funcionario público.
Más allá de la obvia contaminación
visual que aportan edificaciones de esa magnitud, existe una
clara colisión entre su construcción y los objetivos
y criterios orientadores contenidos en el artículo 14 de
la ley 71 que crea el Consejo del Plan
Urbano Ambiental.
Edificios como el que se está construyendo configuran
un avasallamiento liso y llano infringido por
sujetos
particulares, quienes como es habitual hacen prevalecer el ánimo
de lucro y sus intereses individuales, por sobre los de la comunidad
toda, y los derechos difusos constitucionalmente reconocidos
por nuestra Carta Magna
en su artículo 41. Surgen incontrastables los siguientes
efectos perniciosos de la pretendida obra: impacto ambiental
negativo; invasión del espacio aéreo; violación
de normas (detrimento de la autoridad pública y desprecio
por la leyes de la Ciudad); desplazamiento invasivo de importantes
grupos humanos (eventuales moradores de las viviendas), con
la consecuente carga contaminante; incremento en el tránsito
vehicular, con la inevitable carga contaminante y el incremento
de los riesgos en la vida y bienes de los paseantes; tala de
árboles; degradación del espacio público
(prevalencia del cemento sobre la vegetación natural).
Tales obras devienen ilegítimas ya por
la concreta y flagrante violación de las normas en materia
urbano ambiental, ya por el pernicioso impacto, ya por el avasallamiento
liso y llano de los intereses de la comunidad en pleno.
"La principal degradación
existente del sentido del paseo costanero actual se debe
a los conjuntos edilicios montados sobre rellenos en el
río. "
Carlos Libedinsky
Profesor titular de Ecología de la Arquitectura
y de la maestría de Diseño Avanzado en la
FADU UBA. VER
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