| Proyecto
nº:
|
200602745
|
|
Año: |
2006 |
| Tipo: |
RESOLUCION |
Sesión: |
21/09/2006 |
| Resumen:
EL
PODER EJECUTIVO INFORMARA SOBRE LA UTILIZACION ILEGAL
DE LA VIA PUBLICA POR PARTE DE LOCALES GASTRONOMICOS
EN PUERTO MADERO, PALERMO Y LAS CAÑITAS. |
| Autor: |
BERGENFELD,
SANDRA |
| Bloque: |
FRENTE
PARA LA VICTORIA |
| Tratamiento: |
DESARROLLO
ECONOMICO, MERCOSUR Y POLITICAS DE EMPLEO - PROTECCION
Y USO DEL ESPACIO PUBLICO
|
|
|
|
|
|
|
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Artículo
1°.- El Poder Ejecutivo a través de los organismos técnicos
correspondientes informará, en el término de treinta (30) días
hábiles de aprobado el presente, sobre los siguientes puntos
relacionados a la utilización ilegal de lugares gastronómicos
en veredas de Puerto Madero, Palermo Hollywood, Palermo Soho
y Las Cañitas:
a)
Qué
tipos de controles se han estado realizando en los sitios antes
mencionados?
b)
Cuántas
sanciones y/o clausuras se han efectuado por el uso ilegal del
Espacio Público en los últimos 12 meses?
c)
Cuántos
inspectores se encuentran actualmente afectados a tal actividad?
d)
Si
la Dirección General de Fiscalización y Control del Gobierno
de la Ciudad de Buenos Aires ha confeccionado órdenes de inspección
y si tiene un cronograma de inspección por áreas consideradas
criticas.
Art. °.- Comuníquese, etc.
FUNDAMENTOS
Señor
Presidente:
La importancia del presente Proyecto radica en promover
el respeto y cumplimento de los métodos legales para la utilización
adecuada del Espacio Público en el ámbito de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires.
La Dirección de Permisos en la Vía Pública es encargada
de tramitar el otorgamiento de los permisos de actividades comerciales
a desarrollarse en la vía pública de acuerdo con la normativa
vigente.
Según
la Ordenanza 34.421, en su capítulo 11.8, sobre la Colocación
de mesas y sillas en las aceras, se establece que las dimensiones
de las mesas no excederán de 0,75 m por 0,50 m i fuesen rectangulares;
ni de 0,60 m de diámetro las circulares.
También se explicita
que en aceras cuyo ancho se encuentre comprendido entre los
tres (3) metros y cuatro (4) metros, se autorizará la colocación
de una (1) hilera de mesas con dos (2) sillas, colocadas de
forma paralela a la Línea de Edificación y dejando un corredor
libre entre ésta y la línea más próxima a la mesa de 1, 80 metros.
En el caso de veredas
de más de 3, 60 metros se permitirá la colocación de una tercera
silla ubicada entre la mesa y la Línea de Edificación.
Además, dicha Ordenanza
también sostiene en su articulado que el sector de la acera
en el cual se coloquen mesas y sillas deberá estar suficientemente
iluminado
Por otra parte, la Dirección General de Fiscalización
y Control debe ocuparse de Confeccionar órdenes de inspección
e instrumentarlas en la órbita de su competencia, practicar intimaciones, como así también de disponer las clausuras
cuando las circunstancias así lo requieran y ratificar las clausuras
inmediatas y preventivas.
Dentro de su área de competencia
también se incluye el verificar el cumplimiento de las clausuras
impuestas, entender sobre las violaciones de las mismas y efectuar
las denuncias correspondientes.
Por otra parte, es fundamental tener en cuenta que en
muchas ocasiones, resulta molesto y poco grato para los peatones
que circulan por las calles, el tener que verse sometidos a
"esquivar obstáculos" que se interponen en la libre
circulación, poniendo en juego su seguridad personal por tener
que descender a la acera en virtud de verse impedido su paso
por la vereda.
Por todo lo expuesto y la importancia del tema
en tratamiento se solicita la aprobación de la siguiente resolución.