PROYECTO DE LEY
Art. 1º.- Desafectase del Subdistrito Central C1 del Distrito U11 – Puerto
Madero a la Parcela 1b de la Manzana 1P, Sección 97, Circunscripción
21.
Art. 2º - Aféctase la parcela
mencionada en el artículo primero a Subdistrito
Equipamiento Especial, con destino a Campo de Deportes
del Colegio Nacional de Buenos Aires.
Art.
3º - Cumplase con los Art. 89 y 90 de la Constitución de la C.A.B.A.
Art. 4°.- Comuníquese, etc.
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
Desde hace casi un siglo la UBA tiene en Puerto
Madero un predio destinado a campo de deportes del Colegio Nacional
de Buenos Aires, con una superficie de 20.236 m2. El predio
es propiedad de la UBA conforme a estos antecedentes: a) El
decreto P. E. del 14 de agosto de 1914; b) La ley 12.249 del
año 1935; y c) La ley 20.654 del año 1974. No obstante, mediante
un mero decreto (Nº 1279/89, art. 4º), el Poder Ejecutivo dispuso
“la transferencia en propiedad a la Corporación Antiguo Puerto
Madero S. A.” de ese predio, con lo cual se produciría un despojo
para la UBA. La UBA lo evitó obteniendo una medida judicial
cautelar, e inició también un juicio que está en trámite; a
su vez, el Defensor del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires,
el 29 de octubre de 1998, recomendó a la Corporación y al Jefe
de Gobierno de la Ciudad “que se abstengan de realizar cualquier
acción que pueda turbar los derechos de la Universidad de Buenos
Aires y del Colegio Nacional de Buenos Aires sobre el predio
en cuestión”
Este Sector de Puerto Madero, designado en el Código de Planeamiento
Urbano como Distrito U11 -Puerto Madero, está sujeto normas,
que regulan la urbanización de la zona. Conforme a ese Plan
Maestro, parte de ese predio está destinado a campo de deportes,
y otra parte ‑13.034 m2- está destinada a la construcción
de edificios. Por lo menos desde 1998 (hace 8 años) la Corporación
propuso a la UBA acordar lo necesario para que tuviera un predio
destinado a campo de deportes de 23.380 m2 (o sea de 3.144 m2
más), con mejor geometría, aplicando para ello un terreno perteneciente
a la Armada;
El Rector suscribió un Acuerdo Tripartito
y un Acuerdo Complementario
entre la UBA, la Corporación Antiguo Puerto Madero S.A. (CAPMSA)
y la Armada Nacional. Para que estos Acuerdos sean operativos
deben ser ratificados por el Consejo Superior de la UBA, el
Directorio de CAPMSA y el Ministerio de Defensa de la Nación.
A raíz de la resistencia y las objeciones
manifestadas por la comunidad del Colegio y las asociaciones
de ex alumnos y el Centro de Estudiantes, el Consejo Superior
de la UBA dispuso suspender la ratificación de estos acuerdos.
Para tomar conciencia del enorme valor de
la tierra de la UBA hay que tener en cuenta que se encuentra
en el privilegiado Dique 4, y ya en la edición del 28 de enero
de 2001 el diario La Nación decía que en Puerto Madero “sólo
queda disponible una de las 170 hectáreas que ocupa el nuevo
barrio porteño”, refiriéndose a una “parcela de 10.000 m2, situada
en el dique cuatro”; seguramente se trataba del terreno de la
UBA que ahora se pretende vender. La Nación agregaba también
que “los principales urbanistas, arquitectos y empresarios locales
e internacionales coinciden en que la urbanización de Puerto
Madero se transformó en el negocio inmobiliario y urbano más
exitoso de la historia de la Argentina y uno de los principales
del mundo”.
Es por ello que independientemente que en
el futuro se concrete alguna ampliación de los terrenos destinados
al Colegio Nacional de Buenos Aires, entendemos que hoy hay
que garantizar la continuidad del uso deportivo en la implantación
actual, privilegiando la utilidad pública en un área de la ciudad
donde prevaleció la privatización de las tierras y los usos.
Por
lo precedentemente expuesto solicito que se apruebe este Proyecto
de Ley.