Marta
Dodero Planificadora Urbana y Regional
El proceso del Plan Urbano Ambiental
se inicia con la promulgación de la Constitución de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires que en sus artículos 1º, 27 y 29
complementa a la democracia representativa con la democracia
participativa y determina al planeamiento, Plan Urbano Ambiental
[PUA], como herramienta fundamental del Gobierno Urbano.
Sin embargo, el 12 de noviembre de
1997 se convoca a Audiencia Pública para la modificación del
Código mal llamado de Planeamiento Urbano.
Señalamos entonces y reiteramos hoy
que es incorrecta la denominación de Código de Planeamiento
Urbano, ya que un conjunto de normas agrupadas no produce
planeamiento. Planificar es un proceso y por lo tanto, es
su misma naturaleza lo que imposibilita que se lo codifique.
El Planeamiento es el proceso interactivo e interdisciplinario
que permite dar solución a los conflictos urbanos. Mediante
la definición de programas de actuación acordados con los
distintos sectores de la ciudadanía, que se materializan en
varios documentos, desde sistemas tributarios de redistribución
de plusvalías generadas por obras, a programas de integración
cultural de migrantes por poner un ejemplo, o de preservación
de especies autóctonas en parques urbanos, hasta el
perfilado de usos y ocupación del suelo. Así son sus instrumentos
terminales los planos y las normas; sólo estas codificables.
Para que quede claro el concepto: un código es uno de tantos
documentos que materializan el Plan Urbano, ni el único, ni
el principal.
La confusión surge y perdura en razón
de que es a través de ese canal que las corporaciones de la
Industria de la Especulación Inmobiliaria
[IEI], plantean sus negocios. Es sobre la modificación
de los parámetros del Código que se incrementan los
rendimientos de las inversiones.
Denunciamos en esa oportunidad lo contradictorio
de aquella convocatoria, a pocos días del inicio del estudio
del PUA, que debía producir un profundo cambio en el
sistema de toma de decisiones territoriales. La Corporación
de la IEI había decidido, ya entonces, que nada iba
a cambiar. Su poder especulativo estaba asentado en el Código
de las componendas y así debía seguir siendo. Así, se han
manipulado procesos, se ha presionado y confundido lenguajes,
hasta hoy.
Durante la elaboración del PUA
2000 / 2005, el órgano de control integrado por ONGs monitoreo
el proceso y denunció los “errores metodológicos” que no conducían
ni a la definición de un PUA, ni conformaban ningún
sistema participativo. La Justicia de la Ciudad, hizo lugar
al reclamo de las ONGs y bloqueo el tratamiento Legislativo
de esa carpeta de proyectos-negocios; ver expedientes Nº 2634/01
y 13039/0 Juzgado Nº 1, Secretaría 1ª del Fuero Contencioso
Administrativo y Tributario.
Es aquí pertinente citar a un maestro
de Planeamiento que nos advierte en ese sentido, dice J. Brian
Mc Loughlin: “una de las consecuencias complejas de nuestros
problemas urbanos contemporáneos es el modo en que nuevas
instituciones han proliferado normalmente como agencias de
contra planeamiento, a veces con el apoyo activo
de las autoridades establecidas. Otra consecuencia es el desafío
a la legitimidad de los órganos del gobierno establecido”...
...Y eso se hizo en varias oportunidades,
culminando con las resoluciones Nºs 749/05 y 1662/05 SIyP
que crean una Comisión Asesora, adicta a los designios de
la IEI.
El resultado es ese cuadernillo de
intenciones, que se presenta subordinando el valor del PUA,
definido por la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,
al citado Código de las componendas. A esto, en lenguaje coloquial,
se lo llamaría pasar gato por liebre y también en ese
mismo desorden de cosas gatopardismo.
Desde 1996 hasta hoy han pasado once
años y estamos peor que entonces. La ciudad ha colapsado;
hay situaciones críticas en varios sectores que lo demuestran:
cirujeo institucionalizado en “cartoneros con registro”, CEAMSE
colmatado y obsolescencia de los métodos de entierros sanitario,
la contaminación creciente de las aguas que rodean a la Capital:
Matanza-Riachuelo, Reconquista-Luján, y Río de la Plata, infraestructuras
insuficientes para abastecer a las poblaciones de áreas consolidadas;
hacinamiento en villas, verdaderas ciudades autónomas dentro
de la ciudad, con un aumento exponencial en el tráfico de
drogas , en la inseguridad y en la delincuencia; congestionamiento
endémico del sistema vial, sin ninguna medida que tienda a
aliviar la crisis. Hay muchas más cuestiones que el Gobierno
no encara, ni el Código de las componendas contempla; así
la ciudad se ha convertido en el lugar con más alta concentración
de malestar urbano jamás sufrido por sus habitantes.
Con el objetivo de componer una crítica
constructiva, se presenta, un listado de conceptos elementales
para materializar el mandato constitucional, teniendo en cuenta
que en Planeamiento el orden de los factores altera el
producto.
El primer paso del proceso, que debe
ser profundizado continuamente, es la creación de una cultura
del Planeamiento. El accionar de las instituciones del
gobierno, en esto, es fundamental, ellas han de estar impregnadas
de esta intención priorizando la transparencia y la apertura
en una comunicación fluida y permanente. Este primer paso
ni se ha esbozado aún, más bien todo lo contrario. Hay gran
publicidad de hechos consumados no participados y una larga
lista de amparos, solicitando apertura de información.
La integración de la ciudadanía hasta
conseguir una participación real y relevante requiere de la
difusión cotidiana de información y puesta en valor comprensible
de los pasos y temas de interés ciudadano. La apertura incluye
colaboraciones directas en conflictos locales, apertura de
consultas en distintos niveles e instituciones cercanas a
los habitantes, en los distintos campos de su accionar cotidiano.
Los ciudadanos hoy, han establecido sus propias redes de información,
si bien circunscriptas a reclamos puntuales son una buena
iniciativa que ya opera con solvencia.
El Plan Urbano Ambiental [PUA]
requiere del conocimiento de la situación urbana en sus distintas
escalas, sectores y procesos. Desde el inicio la recolección
de datos debe incluir al vecino, ya sea desde los CGPs
o en las comunas. Además de los pertinentes pedidos de informes
a las distintas instituciones responsables, tanto en el orden
local como internacional. El proceso permanente de recolección
de datos permite las comparaciones en el tiempo que es básico
para determinar y evaluar tendencias.
Los distintos conflictos implican distintas
escalas de resolución. Cada tema requiere un método de abordaje
específico, si bien las premisas fundamentales de transparencia
e información deben ser los ejes principales de las actuaciones.
El Plan es una suma de programas complejos
y de medios para la transformación territorial, producidos
continuadamente por distintos equipos, en sucesivos acuerdos
con la comunidad. Para que el proceso de planeamiento se opere
legitimándose, deben determinarse procedimientos normados
con claridad, adaptados a los casos en estudio, en todas las
etapas y escalas del proceso.
Hoy la opinión pública no involucrada
en el proceso participativo se hace oír, está tomando posiciones
desde sus derechos. Los acuerdos que debían haberse elaborado
y que darían las respuestas acordadas entre todos los sectores
no están y se producen enfrentamientos por el incumplimiento
de la ley por parte de los organismos del Gobierno Urbano.
Desde hace once años es el Gobierno el que incumple la Constitución.
Hoy la ciudadanía no parece estar dispuesta
a avalar ese despropósito. El reclamo por las identidades
barriales, la negativa a la construcción de torres y el reclamo
por el traspaso de tierras nacionales para uso público, como
así también la recuperación de la ribera, muestran la responsabilidad
de los ciudadanos en el proceso de jerarquización de su calidad
de vida urbana.
Desde
hace once años se está produciendo un proceso de afianzamiento
del poder corporativo de la Industria de la Especulación
Inmobiliaria [IEI] sobre los intereses de la
ciudadanía. El cuadernillo de intenciones presentado a la
Legislatura es el más claro exponente del desparpajo y de
la impunidad de esos señores para imponer sus voluntades.
San Isidro, 8 de marzo de 2007
APEVU
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