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| Corresponde
al Congreso de la Nación:
"Disponer del uso y de la enajenación de las tierras
de propiedad nacional"
ART. 67 - INC. 4º
DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL (1853) |
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Creación y
transferencia de tierras a una S. A. |
 |
Por qué es INCONSTITUCIONAL
la transferencia de tierras por decreto
La Constitución Nacional es clara en cuanto a otorgar
facultades sólo al Congreso
de la Nación para "Disponer del uso y de la enajenación
de las tierras de propiedad nacional" (art. 67 - inc. 4º
de la Constitución Nacional de 1853 y art. 75 - inc. 5
de la de 1994).
En
noviembre de 1989, y mediante el decreto 1279, y en uso de las
facultades emergentes del Art., 86 inc 1de la Constitución
Nacional (1853) y art. 7º de la Ley 23.696, de Emergencia
Administrativa (que faculta al ejecutivo a la creación
de nuevas sociedades) se crea a partir de la escisión de
la Administración General de Puertos Sociedad del Estado,
por parte del Estado nacional y la escisión de la empresa
Autopista Urbanas S.A., por la Municipalidad de la Ciudad de BS.AS.
, la Corporación Antiguo Puerto Madero S.A. , y se ordena
la transferencia en propiedad de la fracción de tierra
conocida como Puerto Madero.
El referido art., de la Constitución ni la Ley
mencionada facultaban al jefe del ejecutivo a ordenar la transferencia
en propiedad de fracción de tierra alguna ni de lo implantado
sobre ella. Los bienes que integraban el patrimonio de la AGPSE,
aportados en propiedad a la CAPMSA, tenian el carácter
de bienes del Estado. La desafectación y transferencia
de dominio de los bienes del Estado es facultad exclusiva del
Poder Legislativo: Art. 67 inc. 4 Constitución 1853. Art.
75 inc.5 Constitucion 1994.
El entonces presidente de la Nación se arrogó
facultades legislativas, facultades que tiene vedadas, convirtiéndose
los actos efectuados bajo esta modalidad en INCONSTITUCIONALES.
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Estado
Nacional |
Municipalidad
de la Ciudad de BS.AS. |
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Administración
General de Puertos Sociedad del Estado |
Autopista Urbanas S.A |
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canales de acceso,
diques y dársenas, muelles, edificios, depósitos,
terrenos, mejoras sobre terrenos, instalaciones portuarias,
etc |
plan regulador, proyecto
de plan de urbanización, mensura y relevamiento de
lo construido, anteproyecto de obras de infraestructura, etc.
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CORPORACIÓN
ANTIGUO PUERTO MADERO S.A. |
Accionistas |
50 % Estado Nacional |
50 % Municipalidad de
la Ciudad de BS.AS. |
| La
tierra pública
que se vende o regala,
no se recupera;
ES UN RECURSO NO RENOVABLE. |
El entonces presidente de la Nación no respetó
la Constitución ni las Leyes:
Desde
1915 los alumnos del Colegio Nacional de Buenos Aires realizan
actividad física en su campo de deportes otorgado primero
por decreto del Poder Ejecutivo Nacional del año 1914.
Un año después, el Congreso sancionó la ley
Nº 9685. En 1935 se sancionó la ley Nº 12.249,
que declaró propiedad de la UBA los terrenos y por último
el 14 de marzo de 1974, otra ley, la Nº 20.654, ratificó
este derecho de propiedad sobre el predio, al disponer en su artículo
45 que pertenecían a la UBA. Ver
Noticia Diario La Nación
Sentadas en las calles, cortes de tránsito y constantes
movilizaciones de los alumnos, más discusiones políticas
que involucraron a la Universidad de Buenos Aires (de la que depende
el colegio), provocaron rispideces que tendían a evitar
la deslocalización del centro recreativo. Finalmente, las
autoridades de la
aceptaron que el campo de deportes permaneciera allí,
pero la intención es desplazarlos para permitir la construcción
de cuatro torres.
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Proyectos Legislatura de la Ciudad de Buenos
Aires
ESTA LEGISLATURA VERIA CON AGRADO
QUE SE RESPETEN LOS DERECHOS ADQUIRIDOS POR LA UNIVERSIDAD DE
BUENOS AIRES CON RELACION A LOS TERRENOS QUE ACTUALMENTE OCUPA
EL COLEGIO NACIONAL BUENOS AIRES, PARA LA PRACTICA DEL DEPORTE
EN LA ZONA DE PUERTO MADERO. 199806313
VERIASE CON AGRADO QUE EL PODER
EJECUTIVO SOLICITE A SUS REPRESENTANTES EN EL DIRECTORIO DE LA
CORPORACION ANTIGÜO PUERTO MADERO, QUE ESTA SE ABSTENGA DE REALIZAR
ACCIONES EN EL PREDIO CORRESPONDIENTE AL CAMPO DE DEPORTES DEL
COLEGIO NACIONAL BUENOS AIRES, HASTA TANTO SE LLEGUE A UN ACUERDO
DE PARTES CON LA UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES. 199806295
SOLICITA AL PODER EJECUTIVO GESTIONES
PARA GARANTIZAR EL MANTENIMIENTO DEL CAMPO DE DEPORTES DEL COLEGIO
NACIONAL DE BUENOS AIRES, SITO EN PUERTO MADERO. 199806257
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