PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Artículo 1º - El Poder Ejecutivo elevará un
informe a este cuerpo en un plazo no mayor a los 30 días
de recibida la presente, acerca del funcionamiento y el manejo
de los recursos de la Corporación
Antiguo Puerto Madero SA, el que contendrá la documentación
y la información que se detalla a continuación:
1.1. Cuadros desagregados y completos de “origen y aplicación
de fondos” de la Corporación
Antiguo Puerto Madero S.A. correspondientes a los cierres
de los ejercicios 1990 a 2003.
1.2. Detalle pormenorizado de las ventas de inmuebles, precios
de venta acordados, formas de pago aceptadas a los compradores
y grado de morosidad de los deudores de la Corporación.
1.3. En el caso de ventas con hipotecas, fecha de constitución,
monto, tipo de moneda, nombre de los deudores hipotecarios. Deuda
al 31/12/2001 y deuda actual.
1.4. Criterio aplicado respecto a sus deudores con respecto a
la Ley Nº 25.561 (pesificación) y el Decreto PEN Nº
214/02.
1.5. Para el supuesto caso de haberse pesificado los saldos de
las hipotecas, se indique si el criterio seguido respondió
a instrucciones directas emanadas del Poder Ejecutivo.
1.6. Si se ha dado cumplimiento al apartado correspondiente al
Organo de Aplicación de la Ordenanza Municipal Nº
51.675 que en su art. 3º establece "Aféctase
al uso educación pública una superficie de 10.000
(diez mil) metros cuadrados a ser localizado en una o más
parcelas, sin que ello pueda constituir una merma a los espacios
destinados al uso público".
1.7. Si se ha dado cumplimiento al art. 12 de la Ordenanza Municipal
Nº 44.945: "La Municipalidad de la Ciudad de Buenos
Aires distribuirá el total de las utilidades producto de
su participación en la Corporación
Antiguo Puerto Madero de la siguiente forma: 50% planes de
vivienda canalizados a través de la Comisión Municipal
de la Vivienda, 23% a obras en área de educación,
25% a obras en área de salud y 2% destinado a obras en
la actual reserva ecológica".
1.8. Detalle de los honorarios percibidos por los directores de
la CAPM SA desde 1990 y hasta la fecha.
1.9. Se remitan los estudios de impacto ambiental realizados a
las obras de Puerto Madero Este: Torres El Faro, River View, Repsol
YPF, Le Parc Puerto Madero y en particular, en relación
con la Reserva Ecológica Costanera Sur.
1.10. Se informe los motivos del embargo que oportunamente le
trabara la AFIP en autos caratulados Fisco Nacional AFIP c/Corporación
Antiguo Puerto Madero SA s/Ejecución Fiscal - CUIT
30-64002239 -2- Oficio 335990 de fecha 17-05-2001 Expte. Nº
6472/2001.
1.11. Se informe sobre el contrato de locación (montos,
plazos, etc.) de las oficinas que ocupa la CAPM SA en la calle
Olga Cossenttini 771, Puerto Madero Este.
1.12. Se informe, dada su condición de ganadora del concurso
para la elaboración del Plan Maestro del "Portal Bicentenario”,
urbanización en el área del ex Aeropuerto Los Cerrillos
en Santiago de Chile, cuáles son los montos estimados de
honorarios a percibir por la CAPM SA.
1.13. Se informe sobre el estado de la concesión al Yacht
Club Puerto Madero, pago del canon anual y estado de las obras
comprometidas a realizar.
1.14. Se informe sobre el monto gastado para el patrocinio a la
4ta. Bienal Internacional de Arquitectura de San Pablo, Brasil
-20 nov 1999 / 6 feb 2000-.
1.15. Se informe sobre la asociación efectuada con el Arq.
Mario Roberto Alvarez para el concurso Osaka International Concept
Competition -set 2002 / ene 2003-.
Artículo 2º - Comuníquese, etcétera.
Señor Presidente:
En 1989, el Poder Ejecutivo Nacional creó por Decreto
Nº 1.279 la Corporación
Antiguo Puerto Madero SA y le transfirió "en propiedad"
la fracción de tierra ubicada entre la Av.Córdoba
y la calle Brasil, tomando como límite oeste las Avdas.
E. Madero e Ing. Huergo y como límite este/sudeste "las
tierras cedidas a la MCBA por Ley Nº 21.825" es decir,
la Reserva Ecológica Costanera Sur.
Uno de los fines de la Corporación, formada por el Estado
Nacional y la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires (actual
GCBA) "cincuenta por ciento (50%) cada parte", es "la
venta y/o locación de las tierras pertenecientes al área
en cuestión".
El presidente Menem efectuaba así, por Decreto, una transferencia
de dominio de tierras del Estado Nacional. Se autoadjudicaba y
a su vez transfería, facultades del Congreso de la Nación
para la disposición de tierras nacionales (art.67-inc.4
de la CN de 1853 y reformas y art.75-inc.5 de la CN de 1994) a
una Sociedad Anónima. Concretaba así una iniciativa
generada en tiempos del presidente Alfonsín cuando en 1985
se firmó un Acuerdo de Cooperación entre la MCBA
y el Ayuntamiento de Barcelona para la elaboración del
Plan Estratégico para el Antiguo Puerto Madero (1985-1990).
La Corporación Antiguo
Puerto Madero S.A. forma parte, según manifiesta su
Master Plan, “del programa más importante de desarrollo
urbano” y ha creando una gran expectativa por la recuperación
urbanística y económica de una zona que se dejó
en total estado de abandono, devaluándosela en todos los
sentidos.
En el medio y detrás de las obras de revitalización
de Puerto Madero, una enorme oscuridad envuelve la forma con que
se administró uno de los mayores emprendimientos de inversión
de los noventa.
Su Master Plan nos habla de inversiones privadas, sin el valor
de los terrenos, por mil cuatrocientos noventa millones de dólares;
una inversión en obras de infraestructura y costos generales
de urbanización por ochenta y cinco millones de dólares
y un valor estimado total de la venta de tierras de doscientos
millones de dólares.
En el Anexo I del Convenio Complementario, inc. iii) Valoración
de los aportes dice: “Se deja expresa constancia que el
monto de los aportes de ambas partes (Gobierno Nacional y MCBA)
representa un dos coma veintisiete por ciento (2,27%) del total
de la inversión prevista en el plan maestro de urbanización,
por parte de cada una de las misma, cuyo monto asciende aproximadamente
a dólares estadounidenses dos mil quinientos millones de
dólares (u$s 2.500.000.000)”.
La falta de cifras claras, la ausencia de controles, las sombras
sobre contrataciones, los datos imprecisos sobre inversiones en
infraestructura, la falta de explicaciones convincentes sobre
decisiones respecto del destino de las utilidades, conforman un
escenario donde la sospecha sobre las idas y venidas de las cifras
millonarias involucradas exigen de esta Legislatura una intervención
inmediata y contundente.
Prueba de la poca transparencia para con la sociedad ha sido la
permanente elusión de la obligación de la Corporación
de entregar las utilidades anuales correspondientes a la Ciudad
para fines educativos, ambientales y de vivienda social a ser
definidos anualmente por la Legislatura al votar el Presupuesto,
tal cual lo fija el artículo 12 de la Ordenanza Municipal
Nº 44.945.
La responsabilidad del Gobierno de la Ciudad no es menor en los
últimos años, dado que desde 1996 ha colocado miembros
propios, representantes de la voluntad de un distrito autónomo,
en la conducción de esa Corporación.
De allí la relevancia de la rápida y completa respuesta
a este pedido de informes, que apunta a verificar que la administración
de los bienes de la Ciudad se ajuste a derecho y proceda conforme
a prácticas y procedimientos de absoluta transparencia
Autores: Rubén DEVOTO y Tomás DEVOTO
Adherentes: Beatriz BALTROC, Mónica BIANCHI,
Sandra BERGENFELD, Vilma RIPOLL y Sergio Molina