Reserva Ecológica
Costanera Sur
Ciudad Autonoma de Buenos Aires
República Argentina
 
Asociación Civil Por la Reserva
-Vecinos Autoconvocados -
 
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LIBRO DE VISITAS

 

PROYECTO DE RESOLUCIÓN


Artículo 1º - El Poder Ejecutivo elevará un informe a este cuerpo en un plazo no mayor a los 30 días de recibida la presente, acerca del funcionamiento y el manejo de los recursos de la Corporación Antiguo Puerto Madero SA, el que contendrá la documentación y la información que se detalla a continuación:

1.1. Cuadros desagregados y completos de “origen y aplicación de fondos” de la Corporación Antiguo Puerto Madero S.A. correspondientes a los cierres de los ejercicios 1990 a 2003.
1.2. Detalle pormenorizado de las ventas de inmuebles, precios de venta acordados, formas de pago aceptadas a los compradores y grado de morosidad de los deudores de la Corporación.
1.3. En el caso de ventas con hipotecas, fecha de constitución, monto, tipo de moneda, nombre de los deudores hipotecarios. Deuda al 31/12/2001 y deuda actual.
1.4. Criterio aplicado respecto a sus deudores con respecto a la Ley Nº 25.561 (pesificación) y el Decreto PEN Nº 214/02.
1.5. Para el supuesto caso de haberse pesificado los saldos de las hipotecas, se indique si el criterio seguido respondió a instrucciones directas emanadas del Poder Ejecutivo.
1.6. Si se ha dado cumplimiento al apartado correspondiente al Organo de Aplicación de la Ordenanza Municipal Nº 51.675 que en su art. 3º establece "Aféctase al uso educación pública una superficie de 10.000 (diez mil) metros cuadrados a ser localizado en una o más parcelas, sin que ello pueda constituir una merma a los espacios destinados al uso público".
1.7. Si se ha dado cumplimiento al art. 12 de la Ordenanza Municipal Nº 44.945: "La Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires distribuirá el total de las utilidades producto de su participación en la Corporación Antiguo Puerto Madero de la siguiente forma: 50% planes de vivienda canalizados a través de la Comisión Municipal de la Vivienda, 23% a obras en área de educación, 25% a obras en área de salud y 2% destinado a obras en la actual reserva ecológica".
1.8. Detalle de los honorarios percibidos por los directores de la CAPM SA desde 1990 y hasta la fecha.
1.9. Se remitan los estudios de impacto ambiental realizados a las obras de Puerto Madero Este: Torres El Faro, River View, Repsol YPF, Le Parc Puerto Madero y en particular, en relación con la Reserva Ecológica Costanera Sur.
1.10. Se informe los motivos del embargo que oportunamente le trabara la AFIP en autos caratulados Fisco Nacional AFIP c/Corporación Antiguo Puerto Madero SA s/Ejecución Fiscal - CUIT 30-64002239 -2- Oficio 335990 de fecha 17-05-2001 Expte. Nº 6472/2001.
1.11. Se informe sobre el contrato de locación (montos, plazos, etc.) de las oficinas que ocupa la CAPM SA en la calle Olga Cossenttini 771, Puerto Madero Este.
1.12. Se informe, dada su condición de ganadora del concurso para la elaboración del Plan Maestro del "Portal Bicentenario”, urbanización en el área del ex Aeropuerto Los Cerrillos en Santiago de Chile, cuáles son los montos estimados de honorarios a percibir por la CAPM SA.
1.13. Se informe sobre el estado de la concesión al Yacht Club Puerto Madero, pago del canon anual y estado de las obras comprometidas a realizar.
1.14. Se informe sobre el monto gastado para el patrocinio a la 4ta. Bienal Internacional de Arquitectura de San Pablo, Brasil -20 nov 1999 / 6 feb 2000-.
1.15. Se informe sobre la asociación efectuada con el Arq. Mario Roberto Alvarez para el concurso Osaka International Concept Competition -set 2002 / ene 2003-.

Artículo 2º - Comuníquese, etcétera.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Señor Presidente:

En 1989, el Poder Ejecutivo Nacional creó por Decreto Nº 1.279 la Corporación Antiguo Puerto Madero SA y le transfirió "en propiedad" la fracción de tierra ubicada entre la Av.Córdoba y la calle Brasil, tomando como límite oeste las Avdas. E. Madero e Ing. Huergo y como límite este/sudeste "las tierras cedidas a la MCBA por Ley Nº 21.825" es decir, la Reserva Ecológica Costanera Sur.
Uno de los fines de la Corporación, formada por el Estado Nacional y la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires (actual GCBA) "cincuenta por ciento (50%) cada parte", es "la venta y/o locación de las tierras pertenecientes al área en cuestión".
El presidente Menem efectuaba así, por Decreto, una transferencia de dominio de tierras del Estado Nacional. Se autoadjudicaba y a su vez transfería, facultades del Congreso de la Nación para la disposición de tierras nacionales (art.67-inc.4 de la CN de 1853 y reformas y art.75-inc.5 de la CN de 1994) a una Sociedad Anónima. Concretaba así una iniciativa generada en tiempos del presidente Alfonsín cuando en 1985 se firmó un Acuerdo de Cooperación entre la MCBA y el Ayuntamiento de Barcelona para la elaboración del Plan Estratégico para el Antiguo Puerto Madero (1985-1990).
La Corporación Antiguo Puerto Madero S.A. forma parte, según manifiesta su Master Plan, “del programa más importante de desarrollo urbano” y ha creando una gran expectativa por la recuperación urbanística y económica de una zona que se dejó en total estado de abandono, devaluándosela en todos los sentidos.
En el medio y detrás de las obras de revitalización de Puerto Madero, una enorme oscuridad envuelve la forma con que se administró uno de los mayores emprendimientos de inversión de los noventa.
Su Master Plan nos habla de inversiones privadas, sin el valor de los terrenos, por mil cuatrocientos noventa millones de dólares; una inversión en obras de infraestructura y costos generales de urbanización por ochenta y cinco millones de dólares y un valor estimado total de la venta de tierras de doscientos millones de dólares.
En el Anexo I del Convenio Complementario, inc. iii) Valoración de los aportes dice: “Se deja expresa constancia que el monto de los aportes de ambas partes (Gobierno Nacional y MCBA) representa un dos coma veintisiete por ciento (2,27%) del total de la inversión prevista en el plan maestro de urbanización, por parte de cada una de las misma, cuyo monto asciende aproximadamente a dólares estadounidenses dos mil quinientos millones de dólares (u$s 2.500.000.000)”.
La falta de cifras claras, la ausencia de controles, las sombras sobre contrataciones, los datos imprecisos sobre inversiones en infraestructura, la falta de explicaciones convincentes sobre decisiones respecto del destino de las utilidades, conforman un escenario donde la sospecha sobre las idas y venidas de las cifras millonarias involucradas exigen de esta Legislatura una intervención inmediata y contundente.
Prueba de la poca transparencia para con la sociedad ha sido la permanente elusión de la obligación de la Corporación de entregar las utilidades anuales correspondientes a la Ciudad para fines educativos, ambientales y de vivienda social a ser definidos anualmente por la Legislatura al votar el Presupuesto, tal cual lo fija el artículo 12 de la Ordenanza Municipal Nº 44.945.
La responsabilidad del Gobierno de la Ciudad no es menor en los últimos años, dado que desde 1996 ha colocado miembros propios, representantes de la voluntad de un distrito autónomo, en la conducción de esa Corporación.
De allí la relevancia de la rápida y completa respuesta a este pedido de informes, que apunta a verificar que la administración de los bienes de la Ciudad se ajuste a derecho y proceda conforme a prácticas y procedimientos de absoluta transparencia

Autores: Rubén DEVOTO y Tomás DEVOTO

Adherentes: Beatriz BALTROC, Mónica BIANCHI, Sandra BERGENFELD, Vilma RIPOLL y Sergio Molina

 

 

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