Reserva Ecológica
Costanera Sur
Ciudad Autonoma de Buenos Aires
República Argentina
 
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-Vecinos Autoconvocados -
 
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LIBRO DE VISITAS

 

SOBRE EL PROYECTO DE LEY DE LA R.E.C.S.(Noviembre 2003)

El consejo de gestión.
  • A las instituciones que forman parte del actual Consejo de Gestión, se debe entre otras cosas la existencia de la RECS
  • La RECS, gracias al Consejo de Gestión ha sobrevivido con éxito a los gobiernos de Grosso, Bouer, Domínguez durante el reinado de C. Menem, y también a De la Rúa en su paso por el Go-bierno de la Ciudad
  • Las principales agresiones que ha sufrido la Reserva, no provienen precisamente de este orga-nismo sino del poder político aliado a la rosca inmobiliaria.
  • Las debilidades que se le pueden imputar surgen más bien de algunas concesiones otorgadas luego de asedios interminables y a partir de confiar en la buena fe de algún funcionario.
    No negamos que se pueda ampliar y mejorar al organismo pero esta cuestión debe ser resuelta a partir de un amplio debate, con intervención de todos los sectores con incumbencia en el área incluyendo al consejo.
La cuestión de los límites. Está resuelta en las siguientes leyes y ordenanzas:
  • El Art. 1º inciso (c) de la ley nacional Nº 21.825. Y su plano adjunto 1.046-C-76
  • Ordenanza Municipal Nº 41.247 Declara a la fracción de tierra Parque Natural y Area de Re-serva Ecológica.
  • Ordenanza Municipal Nº 41326/86 insiste sobre los límites.
  • Ordenanza Municipal Nº 43.609/91. Incluye el Area Reserva Ecológica Costanera Sur en la cartografía Nacional, en el atlas del código de Planeamiento Urbano, etc.
  • Ordenanza Municipal Nº 43.601 Confirma los límites y define con claridad el borde Sur “ Ciudad Deportiva de Boca Juniors que es la prolongación de la calle Humberto 1º.
  • No requiere modificación alguna ni tratamiento específico.

Plan de manejo.

  • Adolece de muchos errores en su redacción, hasta vicios estructurales, es incompleto pero con-tiene recomendaciones básicas que constituyen una valla efectiva a la degradación de sus ambientes más significativos. De haber sido aplicado no se hubiera producido en la Reserva intervenciones que fueron altamente perjudiciales (salinización de las lagunas, rellenos indebidos en el sector próximo a la entrada del lado de la calle Viamonte y en el borde sur frente a la ex Ciudad Deportiva en la costa del canal, etc.).
  • Bajo ningún punto de vista debe ser derogado, en todo caso reemplazado en un mismo acto.y luego de las consultas correspondientes

COMENTARIOS
Poner sobre tablas las cuestiones indicadas en los párrafos anteriores sobre las cuatro últimas sesiones del actual ejercicio constituye un riesgo al que no se puede exponer a la RECS.
Es muy importante derogar el decreto 981 firmado por de la Rua que establece la construcción de una ave-nida con boulevard en el borde sur de la RECS, frente a la ex Ciudad Deportiva.
Por último debemos destacar que el Consejo de Gestión no ha sido ni siquiera informado.

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Proyecto Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires
200200552  LA PRESENTE LEY TIENE POR OBJETO PROTEGER, PRESERVAR, RESGUARDAR EL SECTOR DENOMINADO AREA DE LA RESERVA ECOLOGICA A.R.E., CON FINES RECREATIVOS, EDUCATIVOS Y CIENTIFICOS. 

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