Reserva Ecológica
Costanera Sur
Ciudad Autonoma de Buenos Aires
República Argentina
 
Asociación Civil Por la Reserva
-Vecinos Autoconvocados -
 
En Por La Reserva Internet

LIBRO DE VISITAS

 

Buenos Aires, octubre 21 de 2004

 


GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
SECRETARIA DE PRODUCCION, TURISMO Y
DESARROLLO SUSTENTABLE
SEÑOR SUBSECRETRARIO DE MEDIO AMBIENTE
MARCELO VENSENTINI
PRESENTE


De nuestra consideración

Los abajos firmantes, miembros de la ASOCIACION CIVIL POR LA RESERVA – Vecinos Autoconvocados, con domicilio en esta Ciudad, se dirigen al Sr. Subsecretario y respetuosamente dicen:

1*)Que el próximo 13 de noviembre de 2004, se realizará en el predio conocido como EX CIUDAD DEPORTIVA DE BOCA JRS, el festival de música electrónica CREAMFIELDS ( ver pagina web www.creamfieldsba.com.ar) con la característica de congregar aproximadamente a 50.000 personas (estamos hablando de la cantidad que entra en un estadio de fútbol como el de Velez Sarfield)

2*) Que el mencionado predio linda con la RESERVA ECOLOGICA COSTANERA SUR.

3*) Que consideramos que la contaminación sonora será de gravedad, salvo que utilicen auriculares.

4*) Que dadas las características de la RESERVA ECOLOGICA COSTANERA SUR: AREA PROTEGIDA, y


ARTICULO 27.- (CONSTITUCION C.A.B.A.) La Ciudad desarrolla en forma indelegable una política de planeamiento y gestión del ambiente urbano integrada a las políticas de desarrollo económico, social y cultural, que contemple su inserción en el área metropolitana. Instrumenta un proceso de ordenamiento territorial y ambiental participativo y permanente que promueve:
1. La preservación y restauración de los procesos ecológicos esenciales y de los recursos naturales que son de su dominio.
2. La preservación y restauración del patrimonio natural, urbanístico, arquitectónico y de la calidad visual y sonora.
3. La protección e incremento de los espacios públicos de acceso libre y gratuito, en particular la recuperación de las áreas costeras, y garantiza su uso común.
4. La preservación e incremento de los espacios verdes, las áreas forestadas y parquizadas, parques naturales y zonas de reserva ecológica, y la preservación de su diversidad biológica.
5. La protección de la fauna urbana y el respeto por su vida: controla su salubridad, evita la crueldad y controla su reproducción con métodos éticos.

LEY Nº 123: DETERMINASE EL PROCEDIMIENTO TECNICO-ADMINISTRATIVO DE EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL (EIA) CONFORME A LOS TERMINOS DEL ART. 30 DE LA CONSTITUCION DE LA C. B. A. (Modificada por Ley Nº452)
Art. 1º - La Ciudad Autónoma de Buenos Aires conforme a los términos del artículo 30 de su Constitución determina el Procedimiento Técnico-Administrativo de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) con el fin de coadyuvar a:
a) Establecer el derecho de las personas a gozar de un ambiente sano, preservarlo y defenderlo en provecho de las generaciones presentes y futuras.
b) Preservar el patrimonio natural, cultural, urbanístico, arquitectónico y de calidad visual y sonora.
c) Proteger la fauna y flora urbanas no perjudiciales.
permanente que promueve:
1. La preservación y restauración de los procesos ecológicos esenciales y de los recursos naturales que son de su dominio.
2. La preservación y restauración del patrimonio natural, urbanístico, arquitectónico y de la calidad visual y sonora.
3. La protección e incremento de los espacios públicos de acceso libre y gratuito, en particular la recuperación de las áreas costeras, y garantiza su uso común.
4. La preservación e incremento de los espacios verdes, las áreas forestadas y parquizadas, parques naturales y zonas de reserva ecológica, y la preservación de su diversidad biológica.
5. La protección de la fauna urbana y el respeto por su vida: controla su salubridad, evita la crueldad y controla su reproducción con métodos éticos.
y defenderlo en provecho de las generaciones presentes y futuras.


Venimos a solicitar del Sr. Subsecretario, se nos informe en los términos de la Ley 104 y la Ley 303:

a) Si se han previsto las medidas conducentes para atenuar el impacto que dicho evento causará a la RECS.
b) De ser positiva la respuesta, se informe CUÁLES SON DICHAS MEDIDAS
c) De ser negativas, se informe SOBRE LOS FUNDAMENTOS TECNICO-AMBIENTALES por las cuales nos se harán.


A la espera de una pronta respuesta, solicitando se nos tenga por presentados y constituido el domicilio, saludan al Sr. Subsecretario muy atentamente.-

 

Atras Inicio Añadir a favoritos Enviar comentario o sugerencia Recomendar a un Amigo
Asociación Civil Por la Reserva Vecinos Autoconvocados